Notificada la parte de Iturraspe, interpuso los recursos de apelacion y nulidad, fundando este último en que con' violacion del art. 119 de la ley de Procedimientos, el Juez en el auto de prueba no había señalado los puntos sobre que debia versar.
Fallo de la Suprema Córte.
Buenos Aires, Noviembre 28 de 1874, Vistos. por sus fundamentos y resultando que el auto de prueba ha sido aceptado por las partes en los términos en que está concebido, se confirma con costas el aulo apelado de foja setenta y tres, y satisfechas estas y repuestos los sellos devuélvanse.
SALVADOR M. DEL CARRIL.— FRAN-
cisco DELGADO. — José BARRos Pazos. — J. DomIncuez.
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Año: 1874, CSJN Fallos: 15:456
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