Apelaron los demandados y concedido libremente el recurso, espresando agravios pidieron se revocase el auto apelado absolviéndolos de la demanda.
Dijeron ; que la prueba del actor se fundaba en la declaracion de un testigo singular y que esta no podia tomarse por una confesion de su parte desde que, si reconocieron á Gomez como administrador de las chatas, negaron al mismo tiempo adeudar los sueldos reclamados, por haber sido pagos por el subdelegado de marina.
Corrido traslado, contestó Balderi pidiendo se confirmara la sentencia de 1a instancia.
Dijo; que la declaracion de Gomez por su calidad de administrador de las chatas, reconocido por los demandados debia tener el carácter que le atribuye el auto apelado, y que los demandados no habian probado su escepcion.
Fallo de la Suprema Corte.
Buenos Aires, Octubre 17 de 1874.
Vistos : por sus fundamentos, se confirma, con costas, el auto apelado de foja treinta y ocho, y satisfechas y repuestos los sellos, devuélvanse.
SALVADOR M.DEL CARRIL.—- FRANCISCO
DELGADO, — José BARRos Pazos. — J. B. GoRosTIAGA.— J. DoMiNGuEz, — ADD
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Año: 1874, CSJN Fallos: 15:354
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