Fallo del Juez Seccional.
Buenos Aires, Agosto 4 de 4874.
Vistos: los autos seguidos por Dn. José Balderi contra Dn. Marciano Molina y C°, por cobro de salarios como capitan de las chatas « Tigre» y c Anita » y anticipos de sueldos 4 la tripulacion y resultando:
19. Que al contestar la demanda los Sres. Molina y Ca.
que aunque no han tenido relacion alguna jurídica con Balderi, reconocen las obligaciones que por administracion de las chatas «Tigre» y « Anita > haya contraido el Sr. Dn. Eduardo Gomez (contestacion á f. 7); 2. Que este señor declarando bajo juramento 4 f.25 confiesa que Balderi fué el capitan de las chatas desde Abril á Octubre inclusive, sin que él le haya hecho pago alguno; y que tampoco se ha pagado á la tripulacion, sinó dándoseles pequeñeces á cuenta; Y considerando: 10. Que la declaracion de Gomez tiene para los Sres. Molina el valor de una confesion, de las que se desprende que Balderi ha servido como capitan de Ja chatas «Tigre» y « Anita» 4 razon de pfts 80 mensuales desde 10 de Abril 4 30 de Octubre y por tanto se ha probado por el demandante su accion 4 cobrar los salarios correspondientes ; 2". Que al contestar la demanda los Sres. Molina no niegan que se deban los sueldos del capitan, lo que importa una confesion implícita, segun el artículo 86 de la ley de procedimientos; pues no puede estimarse como negativa el lecho de asegurar que la tripulacion ha sido pagado por intermedio de la sub-delegacion de marina,
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Año: 1874, CSJN Fallos: 15:352
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