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Fallos: 15:316 de la CSJN Argentina - Año: 1874

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CAUSA LXXXIXx.

D. Tomás Mernes contra D. Juan Manuel Febre sobre compelencia.

Sumario.— 1" El vicio de inconstitucional que se oponga á una ley de Provincia en la que se funda una demanda, no autoriza al opositor á desconocer la jurisdiccion de los jueces de Provincia, si les corresponde sobre la demanda per razon de la materia y de las personas ; y solo puede dar lugar al recurso que sanciona la ley de 14 de Setiembre de 1863 en caso se aplique aquella ley.

20 No intentándose la accion criminal por rebelion de carácter nacional, sinó entablándose solamente una accion civil entre partes por indemnizacion de daños causados en la rebelion, los tribunales nacionales no pueden ser competentes para conocer en esta sinó en razon de las personas.

Caso.—D. Tomás Mernes ocurrió al juzgado de sesion de Entre-Rios, y esponiendo haber sido demandado ante el Juzgado de 1° Instancia en lo Civil del Paraná por D. Juan Manuel Febre reclamando indemnizacion de da

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Año: 1874, CSJN Fallos: 15:316 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-15/pagina-316

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