raciones de fs. 7 vía. y 8 vta.— 89 Que formó en la partida que sacó de casa de D. Francisco de la Vega al mencionado Castellanos, para asesinarlo.— Declaraciones de fs. 4 via., 5 vta., 6 vta, 13 via. y 28 via.— 9" Que fué cómplice ó coautor en la muerte de este, que ejecutaron en la plaza de la poblacion de Hornillos, de diez 4 doce de la noche.— Declaraciones de fs. 7 vta., 10. vta., 14, 12, 13, 43 vta., 14 vta., 45 vta., 24, 25 vía., 27 vía., 28 vía., 29 vta., 30 vía, 32, 33 y 34.—10 Que degolló á pocas cuadras de la « Resina Blanca» á un derrotado de las fuerzas de Charras en la batalla de la « Cienega Redonda », Declaraciones de fs. 13 vta., 14 via., 24, 25 vta., 28 vta., 29 via., 30 vía., 33 vta. y 34.— 11 Que el Fiscal ad hoc, Dr. Castellanos en su querella de f. 45 acusa al procesado Agustin Molina de los delitos, de rebelion, hurtos calificados y homicidios alevosos, ejecutados en la persona de D. Camilo Castellanos y de un soldado de las fuerzas del Comandante Charras, y solicita, fundado en las leyes 3 y 4,.tít. 23, lib. 8, R. C. se aplique á aquel la pena de muerte.—12. Que el defensor de Molina solicita 4 f. 51 su absolucion, fundado en la nulidad del sumario y la falta de prueba plena de los delitos que se le imputan 4 su representado.
Y considerando, en cuanto al derecho: 10 Que de la confesion del procesado de f. 17 y declaraciones de fs.
24, 25 vta., 27 vta., 28 via., 29 vta., 30 via., 92, 33 y 84 resulta evidentemente probado que el procesado Molina cooperó en clase de alferez al alzamiento que Felipe Varela hizo con fuerza armada en el año de 1867 con el propósito de derrocar al Presidente y cambiar la situacion política del país.
2" Que este hecho lo constituye reo del delito de rehe
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Año: 1874, CSJN Fallos: 15:192
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