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Fallos: 147:362 de la CSJN Argentina - Año: 1926

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Que, por lo tanto, la sentencia recurrida no ha desconocido ningún derecho fundado en título que tuviera como base una resolución de autoridad nacional.

Por estos fundamentos y los pertinentes de la sentencia recurrida, oido el señor procurador general. se confirma la resolución apelada en la parte materia del recurso. Notifíquese y repuesto el papel archivese, devolviéndose los autos venidos por vía de informe con transcripción de la presente,
A. BErmEJO. — J. FIGUEROA AL-
CORTA. — Ramon Méxpez, —

M. LAURENCENA.
Don Ramón Ramirez contre el gobierno de la Nación, sobre cumplimiento de contrato.

Sumario: La resolución de la Dirección General del Personal subalterno de la armada, dando de baja a un contratado en el cuerpo de mestranza de la armada, que por expresa declaración del mismo, hecha en el contrato, se sometió a las leves y reglamentos que rigen en la marina de guerra, por considerársele inapto para el servicio, a causa de enfermedad contraida con anterioridad a su ingreso en la misma, reviste el carácter de definitiva y no puede ser revisada por la justicia. (Ella fué adoptada por quien tenía jurisdicción exclusiva para ese efecto, artículos 31 y 36 del reglamento orgánico del personal de la armada).

Caso: Lo explican las piezas siguientes:

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Año: 1926, CSJN Fallos: 147:362 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-147/pagina-362

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