lo 1505 del Código Civil constituye una adecuada aplicación del poder de reglamentación conferido al Congreso.
Por ello, de conformida:1 con lo aconsejado y pedido por el señor Procurador General y los fundamentos de la sentencia apelada, se confirma ésta, en la parte que ha podido ser materia - del recurso, Notifíquese y devuélvanse, debiendo reponerse el papel en el Juzgado de origen.
A. Bermejo — J. FIGUEROA ALCORTA. — Ramón Ménpez.
— Ronerro Rererro.
Fico Nacional contra Manuel Alonso Giraldez, sobre expropiación.
Sumario: No corresponde la expropiación de terrenos que no se hallan afectados por las obras cuya ejecución tuvo en vista la respectiva ley. (En el caso, la 9126, que declaró — de utilidad pública la expropiación de los terrenos necesarios para la rectificación y canalización del Riachuelo desde Puente Alsina al de la Noaria).
Caso: Lo explican las piezas siguientes :
SENTENCIA DEL SEÑOR JUEZ FEDERAL
L Buenos Aires, Junio 11 de 123 Y Vistos:
Los providos por el Fisco Nacional contra Manuel Alon- so Giraldez, sobre expropiación.
Compartir
89Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia:
Año: 1925, CSJN Fallos: 142:83
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-142/pagina-83¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 142 en el número: 83 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
