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Fallos: 141:431 de la CSJN Argentina - Año: 1924

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Corrido traslado de la de:tanda, ésta fué contestada a 1s. 54, por don Federico de la Villa en representación de don Juan J. Echeverría pidiendo su rechazo, con costas.

Que su representado adquirió de don. Jorge Dickinson en 15 de abril de 1913 uñ terreno situado sobre la calle Brasil señalado con los números 14 a 28, entre Paseo Colón y la Dársena Sud, que tiene 85.30 metros de frente al Norte sobre la calle Brasil, por 106.64 metros de fondo en el costado Este, :

teniendo en su costado Oeste a los 49.83 metros a partir de la línea del frente, un martillo en su favor de 30 metros de Éste a Oeste por 76.17 metros de Norte a Sud hasta dar con la linea del contrafrente que mide 78.44 metros formando una superficie de 9.202 mts. cuadrados, Que cie terreno lo adquirió pagando su precio al contado, con toda buena fe y por medio de un título legítimo; que " el vendedor le puso en posesión sin oposición de nadie en que ha continuado y ha pagado los impuestos naciomales y municipales , .

Que el señor Dickinson hubo a su vez comprado ese terreno de los herederos de doña Margarita Reid de Ackerley y que en la escritura que acompaña celebrada entre el señor Ignacio Ojuela y la señora de Ackerley el 8 de octubre de 1895, se consigna el origen del título y consta que dicha señora ha encargado al agrimensor Oyuela el esclarecimiento de esos titulos, cuyos terrenos forman parte de los denominados de "Casa. Amarilla" y que son los comprendidos desde donde termina la mensura practicada por Lynch en 1859 de "Casa Amarilla hasta el Río de la Plata.

Que la mensura de Ojyuela de 1887 fué aprobada por el Juez doctor Garay en 1890 y que en el juicio contra la em presa de las Catalinas por doña Margarita Reid de Ackerley sobre reivindicación de parte de los terrenos medidos por Oyuela, se reconoció judicialmente e: perfecto dominio de la referida señora.

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Año: 1924, CSJN Fallos: 141:431 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-141/pagina-431

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