invueble; con las costas en el orden actuado por no haber + prosperado la demanda en todas sis partes; Por sus fundamentos se confirma la sentencia apelada, sin costas por haber mediado apelación de ambas partes. Hágase saber, transcribase y repuestos los sellos devuélvanse. — Nemesio González, — A. G. Posse. — A. Berduc.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 4 Abril de 1924 Y Vistos:
Por los fundamentos de la sentencia de fojas 87 y de acuerdo con lo resueto por esta Corte en las causas "Banco Hipotecario Nacional contra Antenor Bravo y doña Maria Bassola de Negro contra Banco Hipotecario Nacional (Fallos tomo 105 pág. 22 y tomo 135. página 411), se confirma la apelada de fojas 101 vuelta en la parte que ha sido materia del recurso. Notifíquese y devuélvase.
A, BERMEJO. — Ramón MEN-
DEZ. — RoBnerro REPETTO.
Fisco Nacional contra don Antonio Martinez Rufino, por reivindicación Sumario: 1 Tratándose de un juicio de reivindicación de una fracción de terreno situado en el puerto de La Plata, la Nación como sucesora de la Provincia de Buenos Aires, a mérito de los términos del convenio de adquisición de
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Año: 1924, CSJN Fallos: 140:120
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