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Fallos: 14:314 de la CSJN Argentina - Año: 1873

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20 Que desde el 21 de Marzo hasta el 31 de Junio de 1870, se abonaron por cuenta de la subvencion solu Files. 780 en razon de que no se hicieron algunos viages de los que determinaba el contrato en cuya virtud se acordó la subvención; que en los meses subsiguientes hasta Febrero del año siguiente 1871 el « Entre tios » no hizo viage alguno y no se pagó subvencion; y desde Marzo del último año citado hasta Junio del mismo, hizo el servicio, asociado al « Garibaldi », habiendo aquel hecho 8 viages y el último 5 viages ( informe de la Contaduria Nacional corriente á f. 10).

30 Que con fecha 15 de Abril de 1871 la parte de Gras espidió un despacho telegrático al capitan del « Entre Rios », que estaba en el puerto de Zárate, aulorizándolo para emplear en el dicho vapor toda vez que sacase los gastos, punto justificado por el telegrama que, en copia, corre á f. 76, y que ha sido reconocido por Gras á foja 98.

40 Que está además justificado por confesion de Gras que este arrendó el vapor « Entre Rios» á D Natalio Pagge desde el 20 de Junio hasta el 19 de Agosto, y que el último recibió la subvencion correspondiente 4 los viages de 22 de Julio, 5 y 19 de Agosto de 1871.

5 Que con posterioridad á la fecha en que fué deducida la demanda, esto es, en 24 de Octubre de 1872 se hizo un convenio en virlud del cual se comprometió Paez á abonar á los dueños del vapor la mitad de la subvencion que habia cobrado por cuenta del mismo, hasta la fecha del arrendamiento á Pagge, deduciendo de dicha suma la de Files. 200 por saldo de las cuentas del vapor, y debiendo el remanente abonarse al contado, asi que la persona nombrada por ambas partes hubiese fijado la suma correspondiente ; convenio con sujecion al cual fué nom

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Año: 1873, CSJN Fallos: 14:314 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-14/pagina-314

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