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Fallos: 14:25 de la CSJN Argentina - Año: 1873

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Fallo de la Suprema Corte.

Buenos Aires, Setiembre 6 de 1873.

Vistos : _ Por sus fundamentos y con arreglo á los artículos sétimo y octavo de la ley de la provincia de Córdoba de diez y seis de Noviembre de mil ochocientos sesenta y nueve, que se registra en la página quinientos ocho del tomo segundo de la compilacion de leyes de dicha provincia, se confirma con costas la sentencia apelada de foja sesenta, y satisfechas estas y repuestos los sellos, devuélvanse; debiendo reponerse el sello del contrato de foja ciento y seis, que está en papel correspondiente de la provincia de Santa Fé, con el de actuaciones.

SALVADOR M. DEL CARRIL.— Francisco DeLGaDo.— José Bannos Pazos.

—d. B. GoRosTIAGA—J. DOMINGUEZ.

———.— T. V. 3

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Año: 1873, CSJN Fallos: 14:25 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-14/pagina-25

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