como consecuencia de la escritura de un contrato relativo a la construcción de ciento cincuenta kilómetros de terraplenes y obras de arte de la linea de dicha empresa comprendida entre los kilómetros 387 a 541 y los daños y perjuicios emergentes, tanto de su incumplimiento parcial como de la inmotivada intervención de la demandada en el convenio relativo a la construsción de diez estaciones que el actor había subcontratado con los señores Cabot, Bader y Malle.
Que esta demanda ha sido entablada ante el Juzgado de 1," Instancia de la ciudad del Rosario y contra ella ha opuesto el Ferrocarril, además de las excepciones de arraigo y de defecto legal, la de incompetencia de la justicia local basada en la doble circunstancia de que la cuestión por razón de la materia debe ser dilucidada ante la Justicia Federal de acuerdo con lo establecido por el artículo 100 de la Constitución y disposiciones de la ley nacional número 2873, y tratarse, además, de una acción personal en razón de lo cual y teniendo como tiene la empresa su domicilio en la Capital Federal, son los jueces de este lugar los únicos competentes para conocer en ella.
Que el artículo 100 de la Constitución Nacional atribuye a la Corte Suprema y a los Tribunales inferiores de la Nación el conocimiento y decisión de todas las causas que versen sobre puntos regidos por la Constitución y por las leyes de la Nación con la reserva hecha en el inciso 11 del artículo 67 y la ley de 14 de Septiembre de 1863 en consonancia con aquélla, ha sometido al conocimiento y decisión de los jueces nacionales todas aquellas causas que son especialmente regidas por la Constitución o por las leyes que haya sancionado y sancionare el Congreso, artículo 2, inciso 1, Que la presente causa se encuentra regida por aquellos preceptos, pues aunque la demanda-ha sido fundada en el principio de derecho común consagrado por el artículo 1197 del Código Civil de que las convenciones encierran para sus otorgantes una regla a la cual deben ceñirse como a la ley misma, debe observarse que las obligaciones contraidas por el actor con
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Año: 1923, CSJN Fallos: 139:293
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