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216 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA disposiciones del Código Civil y de Procedimientos, cuya revi
Í xo como es notorio, capa a la jurivlicción Je V. E.
Opino, por tanto, «que el recurs es improcedente, Horacio R. Larreta,
FALLO DE 1,4 CORTE SUPREMA
Boursos Arres. Juto 6 de 105 Autos y Vistos; El recurso de hecho por denegación del extraordinario in terpuesto por la Empresa de los Ferrocarriles de Entre Ríos en amos con la Municipalidad de Concordia sobre interdicto posexrio, contra la sentencia proninciada por la Sala en lo Civil eel Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre j [LA a Y Considerando :
Que para demostrar la proccilencia del recurso, el apelante manmifieta que sí bien el interdicto Que sí hien la sentencia que pone fin al juicio de interdicto es definitiva respecto de la acción posesoria ejercitada, y h en tal sentido podría ser objeto del recurso autorizado por el articulo 14 de la ley número 48 € Fallos, tomo 137. página 26), procede observar, sin embargo, — que en dicho procedi miento Yo peede ser de utilidad la prneba de la posesión y la del despojo o tchación de la míena, siendo imoficia toda aleo . | -—- .
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Año: 1923, CSJN Fallos: 138:216
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