En la misma ciudad de Muenos Aires se aborda con eriterio vacilare el probleva de la apertura y ensanche ee calles, Casos hay en que se han emanchado calles a costa de la comme nobel, con el principal resultado de enriquecer a los propietarios colimbantes, que han recibido, a título de indemnización por Jo parte de terreno «pe se les No tomado sims de dimero: tips riores a =t valor, sin contar la valorización que la obra produce al resto «del inmueble, No creo que la Constitución Argentina haga del fisco el aliado del rico ni obligue a la comunidad a aumentar las for tuna» de unos pocos con el tesoro de todos, Pero tampoco creo ue la propiedad privada de cada uno esté a merced de los gobiernos, dada la enérgica condenación que el artículo 2) pros nuncia contra los que formulen, consientan o firmen leve «ue tengan ese resultado, Pienso «que se ha de Negar gradualmente a conciliar los intereses publicos con los privados en forma justa dentro de los principios constiticionales, sin que los gobiernos despojen a los partieutares ni los particulares exploten a los gobiernos, .
Entre tanto, han de suscitarse pleitos como el presente, cit ya solución parece difícil por la incertidumbre de las doctrina imperantes enel país.
Si la igualdad es la hase del impuesto y de las cargas púrMicas, mo se justifica que el estado tome a unos parte del valor de 8 propiedad o patrimonio para ejentar obras que beneficien la propiedad de tros, De ahí el derecho del Estado a repartir el costo de una obra pública entre aquellas personas que remiten especialmente beneficiadas por ella, hasta el valor del beneficio.
Uno ¿de tos tribunales Norteamericanos ha fijado la dis tnción entre un impuesto ordinario y un local assressement, vomo se Mama alli la contribución especial impuesta a los beneficiados por una obra pública, en los términos siguientes: "Un impuesto
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Año: 1923, CSJN Fallos: 138:164
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