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Fallos: 138:117 de la CSJN Argentina - Año: 1923

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u inocencia; correspondiendo, por tanto, sobrescer provisionalmente % a favor tartículo 435, Código de Procerimientos », 10. Que terminado con ete año el sumario, la presente eatrsa mo puede continuarse hasta tanto se restielva la contiena de competencia que se da por trabada en el considerando 3, por disponerlo así el artiento 6y del mismo Codigo.

Por todo ello, deerétase la prisión preventiva de Juan Hi recvechea, Domingo Matteo y Luis Poggio y el embargo de Henes de su pertenencia hasta cnbrir la sufa de sesenta mil pesos moneda nacional que el Juzgado prestpone a los efectos del articulo yr del Código citado. Sobrescese provisionalment:

a favor de Godofredo Camilueci, a quien se pondrá inmediatawente en libertad. Y, previas las notificaciones y libramiento de oficios que correspondan, elévese original este expediente a la Suprema Corte Nacional para la decisión de la contienda «e competencia negativa trabada con el señor Juez de Provincia tartículo 9.", inciso hb) de la Jey níwero 4055).— E. 4. Murenco.


DICTAMEN DEI, SEÑOR PROCURADOR GENERAL
Bumos Alres. Junio 4 de 10:

Suprema Corte :

La sociedad anónimo "Simday y Cia" demmnció anto el Juzgado Federal de Bahía Blanezx la comisión de un delito consistente en el hurto de cereales de sii propiedad que adquiría y destinaba a la exportación.

Manifestó la imposibilidad de precivar el lugur donde se cometian los hechos denunciados y los nombres de los imculpa elos por cuanto la diferencia de existencias de cercal se notabi al arribar a Europa los vapores con sis cargamentos temidos en el puerto Ingeniero White, de Bahía Blanca.

Imiciado por el Juez Federal el sumario respectivo y des

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Año: 1923, CSJN Fallos: 138:117 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-138/pagina-117

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