DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 205 escrito de fojas 52, se desestima la presente demanda promovida por don Eugenio Mattaldi contra el Fisco Nacional, sobre cobro de pesos, quedando asi revocada la sentencia recurrida de fojas 4t. Abónense las costas de ambas instancias en :
el orden causado, Devuelvanse y repmgase las fojas er primera instancia. — T. Arias. — A. Urdinarrain. — Mercelino Escolada.
FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, Mayo 77 de 1021.
Vistos y considerando:
Que el documento de ebligación que suscribió el actor conjuntamente con la razón social Budor Hermanos a la orden de la Adrivistración Genera! de Impuestos Internos, tuvo por objeto garamir el pago del impuesto correspondiente a cuatro mil litros de alcoho!-para el caso de que este producto no fuese desnaturalizado, Que dihá Administración decidió hacer efectivo el cobro de la letra. furdada en que e! vinagre empleado en la manipulación era de una acidez de menor graduación que la que habia autorizado la repartición fiscal y que, por lo tanto, la desnaturalización debia considerarse insuficiente a los fines de la moderación del impuesto, ya aue por otra parte no era posible tampoco corplear esa operación a causa de que el maniparador había dispuesto del producto avinagrado. o Que el hecho fundamertal invocado para hacer exigible la obligación. no resulta sin embargo acreditado por las a tuaciones administrativas, las que, per el contrario, dentes tran que el alcohol de que se trata quedó suficientemente avinagrado a los fines de la desnaturatización. ——Que, en efecto, el análisis practicado por la Oficina Qui
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Año: 1921, CSJN Fallos: 134:205
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