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Fallos: 133:186 de la CSJN Argentina - Año: 1921

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jas 101, ambos inquilinos del mencionado doctor Barreto en el año de 1914. El informe del archivo general. fojas 112 comprueba que el concurso acepto y desempeñó las funcio.

nes de síndico provisorio en el concurso civil de Héctor Gallac, tramitado por ante el juzgado de primera instancia en lo cicil de la 44 nominación de esta ciudad, cargo que retuvo hasto el 30 de abril de 1914, fecha de la aceptación del cargo por parte del nuevo sindico.

Obra igualmente en autos, fojas 108, el informe del distrito militar de abril 7 de 1919, según el cual el concursado hasta esa fecha no había hecho cambio de domicilio. Es de naar que este informe lleva un dato de cinco años posteriares a la de la apertura del concurso.

Y como una prueba más acabada todavía, existe la nota del H. Senado de la provincia, fojas 104 vuelta, en la cual se informa que el dendor desempeño el cargo de senador hasta el año 11.

Que tales elementos determinan la competencia del tribunal del suscripto exclusivamente para" conocer del juicio le concurso del dendor.

Las aseveraciones de este? contenidas en sti memorial obrante a fojas 05, del incidente agregado por cuerda floja, no se han robustecido con prueba alguna por el contrario ellas se encuentrar desvirtuadas por la prueba eminciada es el considerando 2.

Que aún suponiendo que el doctor Barreto hubiese tras ladado su residencia a fines de marzo de 1914 a La Plata, la competencia del suscripto queda inalterable en su juicio uni versal de concurso, por cuanto en esta cindad se encuentra el asiento principal de sus negocios, Por tales consideraciones se resuelve: mantener la com petencia del suscripto en este juicio. En consecuencia, remitanse los autos a la suprema corte nacional para su decisión e invitese por nota al señor juez exhortante para que a su vez remita las actuaciones respectivas. — Juan M. Bancaluri.

— Ante mi: Manuel T. Rodriguez.

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Año: 1921, CSJN Fallos: 133:186 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-133/pagina-186

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