18 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA — Santa Fe, so resulta que, en el juicio que siguió el dector Justo 1. Cabal contra dicha provincia, sobre escrituración, se haya puesto en cuestión la constitución nacional, las leyes del congreso, ni los tratados de las naciones extranjeras, a que se refiere el artículo 14 de la ley 48 sobre jurisdicción y competencia federales.
Salo se ha discutido disposiciones contenidas en la cons.
titución de la provincia y en otras leyes locales.
"Las sentencia dictadas en esta clase de juicios por los ó tribunales de provincia. no están comprendidas en cel articulo de la ley 48 citada, como lo ha resuelto V. E. en reiteritas veces.
Por ello pido a V. E, se sirva declarar improcedente la queja entablada. José Nicolás Matienzo.
f EALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, Julio 2: de 1920.
Autos y vistos: El recurso de hecho por denegación del extraordinario interpuesto por la provincia de Santa Fe en el juicio que sigue don Justo 1, Cabal, sobre escrituración de tierras fiwales.
Y considerando: , Que de la exposición del recurrente y del informe del superior tribmal de Santa Fe, resulta que la sentencia que motiva esta queja ha considerado y resuelto una cuestión que, en términos concretos, se reduce a establecer si con arreglo a la constitución provincial el gobierno de Santa Fe estaba facultado para dictar los decretos en que el actor funda st demanda por escrituración.
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Año: 1920, CSJN Fallos: 132:18
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-132/pagina-18
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