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Fallos: 131:317 de la CSJN Argentina - Año: 1920

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plicitamente impone al primero el onus probandi respecto de tales circunstancias, pues dicha disposición contempla una situación muy distinta de la que se ha planteado en este litigio.

El artículo 2.122 supone el caso.de que el adquirente, no obstante, haber hecho citar de evieción al enajenante, huhiere continuado interviniendo en el pleito, Es explicable que en tal emergencia la ley exija. para desobligar al cnajenante, que el adquirente haya sido vencido por su culpa, desde que aqué! había sido llamado al juicio para que tomas:

la defensa del comprador. Pero cuando como en el presente caso, se ha prescindido de la citación de evicción, la sentencia no perjudica en itranera alguna al enajenante y éste no necesita por lo tanto demostrar que élla fué dictada contra el reivindicado po" omisiones o deficiencias de la defensa, has.

tándole con arreglo al artículo 2.111. asumir la actitud expec tante de todo demandado a quien el actor debe probarle si chligación .

9." Que los demandantes no sólo no han llenado el requsito impuesto por el artículo 2.111, sino que por el contrario han hecho en su escrito de demanda (número NIX), manifestaciones adversas a la justicia del fallo que declaró procecente la acción reivindicatoria y por lo tanto al derecho re clamado en dicho juicio En efecto, a fojas 25 vuelta, des pués de relacionar los fundamentos de aquella decisión, agregan: "Pero el caso es que la cámara federal de Paraná, dió prelación al título de Seeber, de Santiago, sobre el de Ripamonti y compartes, de Santa Fe, no obstante ser ambos anteriores al pacto interprovincial de 1886, y estar por consiguiente sometidos a las reglas del derecho común que ampa ran en su dominio al sucesor del legitimo propietario". Si como resulta del parágrafo transcripto, los demandantes se guían creyendo que el título de los sucesores de Santa Fe dehía primar sobre el del reivindicante Secher, no obstante lo declarado por el tribunal de apelación del Paraná, no era posible que demostrasen en el actual litigio la inutilidad de la citación de evicción por no haber oposición justa que hacer

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Año: 1920, CSJN Fallos: 131:317 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-131/pagina-317

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