tierras afectadas por las obras de canalización y rectificación del Riachuelo, ocupadas sin titulo suficiente, y para expropiar las que fucren del dominio privado.
Que aplicando esta regla a los terrenos de la demana se advierte la- completa concordancia de los peritos de ar has partes en la ubicación de los titulos que la compañía demandada ha alegado en autos (véase planos de fojas 87 y 68), y de esa ubicación resulta que, excepción hecha del lote arrendado y de una pequeña fracción N. M, O. señalada en el primer plano citado, todo el resto de la tierra demandada estaria ocupada por la Compañía Mihanovich sin titulo alguno, y la demanda en esta parte sería, por lo tanto, procedente.
Que, además de ese titulo emanado de la ley, la Nación tiene el dominio de esas tierras, excepción hecha: de las dos fracciones amtedichas por compra hecha alos propietarios a «quienes correspondió, antes que el trazado actual del Riachuelo las hubiese convertido en calle de treinta y cinco metros que hoy forman, como lo demuestra el plano de fo jas 357 y lo constatan las escrituras otorgadas por don Juan KR. Nerhocoyoigoin en 26 de Abril de 1901 (lotes 2 y 3 ee dicho plano); por don Manuel .Gómez en 8 de Junio del mismo año, (lote 4), y por don Antonio Carbon en 15 del mismo mes y año, (lote grande separado del anterior por la calle Nueños Aires): todas a favor del Gobierno Nacional, pasa«las ante el escribano Mayor del Gobierno, a consectencia de otros tantos juicios de expropiación seguidos de conformida:' a la ley de la materia (véase testimonios agregados en cun:plimiento del auto de fojas 293): siendo de notar que la frac.
ción restante está constituida por la citada calle pública (Buenos Aires) que da acceso al río, y también ocupa la compa.
ñía demandada.
Que en cuanto a la fracción arrendada que forma paríe «lel lote número 5 del plano citado de fojas 107, hay confor.
midad de los peritos de ambas partes en que está compren- e
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Año: 1919, CSJN Fallos: 130:365
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