ú la vista, pagando en cheques del Banco de Mendoza y eu plata boliviana, y ofreciendo 500 bol. en la moneda conocida con el nombre de Melyarejos. Benegas no quiso recibir esta moneda por no tener curso legal. La caso no quiso ni pagar los billetes en otra moneda, ni devolverlos, dejando los Melyarejos en su mostrador á disposicion del Banco de Mendoza. Benegas entabló contra la referida casa, demanda ejecutiva por el pago de los 500 bol., intereses, costas y costos, daños y perjuicios, Corrido traslado, la parte demandada pidió ser absuelta con costas. Dijo que su obligacion es alternativa debiendo pagar en plata Boliviana ó en moneda de ley; que á ella correspondia la eleccion y que elijió pagar en plata boliviana; que los melgarejos son plata boliviana y fueron calcu= lados por ella segun el valor que tenian en plaza, el dia del pago.
Llamada la causa á prueba sobre la admision de los Melgarejos como tipo boliviano y sobre su valor en plaza y producida esta, se dictó el siguiente Fallo del Juez Seccional.
Mendoza, Octubre 31 de 1872.
Vistos: D. Tiburcio Benegas encargado de la gerencia del Banco Mendoza se presentó con unas actuaciones practicadas ante el Gefe de Policía, de las que resulta que el veinte y tres de Octubre del año ppdo. compareció á la casa de cambio «La Union, de Casas, Raffo y C1> un empledo del Banco Mendoza, exigiendo la conversion de billetes de aquella casa por valor de cinco mil quinientos pesos, los cuales fueron convertidos á la vista, entregando
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Año: 1872, CSJN Fallos: 13:133 
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