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Fallos: 129:437 de la CSJN Argentina - Año: 1919

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115, págma 48), 0' por haber desaparecido el producto mismo antes de llegar al consumo (Fallos tomo 117 pág. 109 ).

Por ello y fundamentos concordantes, se confirma la sentencia apelada de fojas 10h en cuanto manda entregar las setenta y dos mil fajas de segunda cotegoría para bebidas alcohólicas, previo pago del costo de impresión de las mismas ; y se la revoca en cuanto a intereses y costas, debiendo pagarse estas en el orden causadas, atenta la modificación que queda establecida. Notifíquese y devuélvanse. Repóngase el papel ante el juzgado de origen, A. BermeJO. — D. Y." Pañacio.

— ]. FIGueRros Arcorra.

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Año: 1919, CSJN Fallos: 129:437 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-129/pagina-437

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