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Fallos: 124:427 de la CSJN Argentina - Año: 1916

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ter un crimen, no lo divulga; apenas si le hace saber a aquel cuyo concurso cree indispensable; comunicar su plan a pusilánimes es perderse; Il) Que así mismo es inverosímil la afiriwación de Baez de que Cartamán, después de degollado Cara, entrara a despertar a Gómez para avisarle que lo habían muerto, siendo por el contrario, más verosímil creer como dice Gú- :

mez a fs. 64 via.. que los malhechores tenían el designio de matarlo a él también, pero al despertarse, cuando sintió que lo agarraban de la mano, aquellos desistieron y se limitaron a pedirle reserva. Los malhechores han podido pensar que el capataz Gómez los había sentido, entonces se acercaron a la :

cámara para matarlo, para que no los denuncie, pero al verlo incorporarse en el lecho, desisticron de su presunto plan. cohibidos quizá por el ascendiente moral que un capataz ejerc: :

sobre sus peones o quizás por la presencia de Tarcaya de quién temieran, ya que salicse en defensa de Gómez, ya que fuese a pedir socorro a los peones con el mismo objeto. mi Que a fs. 74 vta. y 75, Baez da a entender que Samaniego, después de muerto Cura, entró a la pieza de Gómez, pero a fs. 16 vta, se desdice y afirma que Samaniego se quedó en .

la puerta de la habitación con el cuchillo en la mano, en tanto que de la declaración de Gómez a fs. 50. y de la de Tarcaya a fs. 45 se desprende que los cuatro malbechores entraron en la pieza y se aproximaron a Gómez después de muerto Cura. a 3" Que aparte de las contradicciones, inverosimilitudes y falsedades manifiestas contenidas en las distintas declaraciones de Baez. a travez de todo lo cual se trasluce su evidente interés en ocultar la verdadera participación, en el crimen. desde 1 st concepción hasta su completa realización; hay los siguientes hechos constatados en autos, reveladores de la responsabilidad de Baez: a) Baez al regresar del baile que se realizó la noche del crimen, se retiró hácia las carpas en compañía de Samaniego. Chaparro y Cartamán, según consta de las declaraciones sumariales. b) Estando acostado con: Chaparro en la misma carpa, no obstante que Chaparro tenía carpa común con Samaniego y Muncia y Baez la tenía con Cartamán, se -presentó

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Año: 1916, CSJN Fallos: 124:427 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-124/pagina-427

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