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Fallos: 124:108 de la CSJN Argentina - Año: 1916

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del alegato de la provincia); lo propio que hizo el decreto preindicado de julio 13 de 1867 (preámbulo y art. 2", atribción 8.) y se manifiesta en el informe de la comisión ya mencionada (Diario de Sesiones citado, página 381).

Que la sección de Geodesia del Departamento de Ingenieros de la Provincia, después de decir que el Gobierno tuvo su Tablada en el terreno que indica y que de aquí la pasó al comprado a Torres, agrega: "si puede haber alguna duda respecto ala propiedad del primero, no cabe en éste (el segundo).

puesto que él ha sido adquirido por compra por la provincia y no puede de ninguna manera quedar comprendido en los "terrenos públicos" afectados a la cesión para ensanche de ti Capital Federal. Es un bien privado de la provincia y conserva siempre str propiedad" Expediente citado, fs. 4 vta).

Que en las condiciones que quedan expuestas, la circunstancia de que no existiera acto legislativo especial que expres y determinantemente hubiera atribuido al municipio de San José de Flores el dominio del bañado, no sería bastante para que la provincia sea propietaria de él con sujección alart. 2 inciso 5". de la ley provincial y art. 4". de la nacional repetidamente citadas, pues dados los propósitos de la cesión, con los que no serían compatibles reservas de superficies de más de b q00 hectáreas. según la actora, y de más de 6oo, según la y Municipalidad (fs. 178), esos artículos se refirieron a inmue+ 6 bles que las municipalidades de Flores y- Belgrano no tenían Laa bajo su dependencia y que dicha provincia hubiera adquirido + título especial, independiente del general que consagra el art.

2432 del Cód, Civil. como en el caso del que compró en 10 de L septiembre de 1885 a don Lorenzo M. Torres (fs. 94). a cuya venta procedió la misma en Abril de 1910 (fs. 104 vta). Que pes en este orden de ideas, habiénidose observado en el debate de by la ley de 28 de septiembre de 1887 que al hacerse la cesión de > Es la ciudad de Buenos Aires para capital de la Nación se había Fe establecido que todas las propiedades del Gobierno de la Prour vincia quedarían bajo el dominio de él. uno de los miembros 4 , de la comisión replicó que en la antigua capital de la Provincia, O 1

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Año: 1916, CSJN Fallos: 124:108 
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