7 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
CAUSA XVII.
Don Hector C. Quesada, contra la Provincia de Buenos Aires, por cobro de pesos; sobre competencia Sumario: 1." A los efectos de lo dispuesto en el art. 14, de la ley 48, el concepto "juicio", comprende los ordinarios y lo contencioso administrativo.
2." Entablada una causa ante determinados tribunales provinciales, la jurisdicción concurrente de éstos en general se entiende prorrogada, aunque se hayan declarado in competentes por considerarla de carácter administrativo o del fuero de otros tribunales de igual carácter local, o e declarase nulo lo actuado.
3.€ La iniciación ante los tribunales locales de una pro vincia por un vecino de otra, de un juicio contencioso administrativo por retardada justicia en una reclamación al gobierno de la primera, por pago de servicios, importa la renuncia irrevocable al fuero federal que podría corres ponderle al demandante en razón de dicha vecindad y la prorrogación de la jurisdicción de los tribunales provia ciales, Caso: Resulta del siguiente:
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Noviembre 7 de 1914.
Vistos:
Don Hector Quesada entab'a demanda contra la Provincia de Buenos Aires para que se la condene a pagar la suma de un millón de pesos oro sellado o lo que se fije por árbitros, que
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Año: 1914, CSJN Fallos: 120:74
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-120/pagina-74
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