e MENTE AE E a "a 352 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA O euya decisión, al apticar leyes locales, no desconoc: ningún derecho, exención o privilegio fundado en los preceptos constitucioO males o legales a que e Por lo expuesto y jurisprudencia de V, E, (Tomo 117, págiOna 387) pido a V. E. se sirva declarar bien denegado el recurso p deducido y ordenar la devolución de los autos al tribunal de origen. E Julio Botet. 4 Do Autos y vistos: El recurso de hecho por apelación denegada e interpuesto por la empresa del Ferrocarril Central Argentino q contra sentencia de la Cámara 27 de Apelación en lo Civil de "a 4 Capital en los anitos seguidos contra la Nación sobre repetición a de impuestos, e ES Y considerando: Lo Que demandada la Nación ante la justicia ordinaria de a Capita! por repetición de impuestos de contribución territorial, nr ha opuesto la excepción de incompetencia de jurisdieción acoe giéndose al fuero federal. é Que la sentenciú apelada corriente a fs. 79 del expediente remitido por vía de informe, por «u referencia a los fundamena tos de la del inferior, se limita a declarar la incompetencia de la o iusticia ordinaria en el caso en razón de que "fundandose la acLe ción sobre devolución de sumas de dinero recibidas por la NaE ción, en violación de leyes y contratos existentes de carácter naÉ cional, a A
E FALLO DE LA CORTE SUPREMA :
e Buenos Aires, Marzo 5 de 1915.
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Año: 1914, CSJN Fallos: 120:352
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