DE JUSTICIA DE La NACION 259
CAUSA HI
Don Manel Arézalo contra el Gobierno Nacional, sobre daños y perjuicios Sumario: Es ajeno al recurso extraordinario del art. 14, ley 48, un proninciamiento basado en hechos y en la apricación de disposiciones del derecho común, Caso: Lo explican las piezas siguientes:
SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires, Junio 9 de 1914.
Y vistos estos autos seguidos por don Manue! Arévalo contra la Nación, por daños y perjuicios:
Resulta:
Que el año 1901 el Gobierno de la Nación declaró Colonia Nacional a la isla de Choele-Choei (Río Negro), otorgando lotes a todas aquellas personas que los poblasen.
Arévalo solicitó y obtuvo el lote XIII de la sección VI, que según dice ocupaba ya anteriormente, compuesto de cien hectáreas a dos pesos y cincuenta centavos moneda naciona! cada una; Que un año después le fué dada la posesión por el ingeniero Echeroni; que sembró, ¿ercó su campo, y edificó en él casas, después de lo cual pidió a la oficina de Tierras y Co'onias el titulo correspondiente.
Que debido a la criminal conducta del comisario Gamboa, se vió envuelto en varios procesos y puesto en la carcel, y mientras duró su ausencia, trabajó el lote su esposa y un encargado llamado Gamarra.
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Año: 1914, CSJN Fallos: 120:259
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-120/pagina-259
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