Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 12:325 de la CSJN Argentina - Año: 1871

Anterior ... | Siguiente ...



CAUSA CXIIIL
D. Martin Castilla é hijo, contra D. Francisco Medina, sobre cumplimiento de un contrato.

Incidente sobre posiciones.

Sumario. —10'El litigante que no se presenta personalmente sinó por apoderado, no necesita constituir domicilio para el juicio.

20 Una cédula fijada en la puerta de una casa en que no consta que habila quien va á ser notificado, no importa nolificacion.

30 Quien no ha sido debidamente notificado no puede ser declarado en rebedia, 40 No puede ser declarado confeso en posiciones el litigante citado para absolverlas, si el auto respectivo no contiene la comunicacion de que por tal se le declarará si no comparece.

5° El que tiene justo motivo para no comparecer á absolver posiciones no puede ser declarado confeso.

60 La ausencia es justo motivo que escusa la comparecencia.

70 Los testigos deben comparecer á declarar, so pena

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

74

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1871, CSJN Fallos: 12:325 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-12/pagina-325

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 12 en el número: 325 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos