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Fallos: 12:110 de la CSJN Argentina - Año: 1871

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Conferido traslado 4 Castellin, se dictó en su rebeldía el siguiente Fallo de la Suprema Corte.

Buenos Aires, Junio 20 de 1872.

Vistos: y considerando que el único punto sometido á la decision judicial, es el valor que debe abonarse por las reparaciones ejecutadas en el pailebot « Union», por las cuales cobra Don Luis Castcllin cincuenta y cinco mil cienta cuatro pesos moneda corriente, á cuyo pago se opone Don Santiago Ascheri, fundándose en que esas reparaciones fueron convenidas por un tanlo, con arreglo á un plan acordado, amparándose de la disposicion que contiene el artículo quinientos noventa y tres del Código de Comercio; pues aunque, en el escrito de foja once, pidió que las obras fuesen reconocidas por peritos, á fin de saber si estaban hechas con la pericia y solidez que se requiere para que se les considere de recibo, y enel comparendo de foja veinte y tres, protestó por los daños y perjuicios que se le infiriese por la demora en la entrega del buque, reservando su accion para hacerla valer en la oportunidad debida, en el escrito de foja treinta, se limitó á pedir que, aplicando al caso la disposicion del artículo quinientos noventa y tres, declárase el juzgadd que no estaba obligado 4 pagar mas que los diez y siete mil noventa pesos que espresa el presupuesto de foja trece, sin hacer uso de la accion que se habia reservado en el comparendo de foja veinte y tres, ni insistir en el rsconocimiento pericial de los trabajos practicados, y en la espresion de agravios ha presentado bajo ese mismo

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Año: 1871, CSJN Fallos: 12:110 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-12/pagina-110

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