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Fallos: 117:435 de la CSJN Argentina - Año: 1913

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DE JUSTICIA DE LA NACION as
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Octubre 16 de 1913 :

Y vistos:

Don Ludovico Iranissevich ha interpuesto y le ha sido concedido por la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Mendoza, el recurso previsto en el artículo 14 de la ley número 48, contra la sentencia pronunciada por aquel tribunal, desechando una demanda de inconstitucionalidad del articu'o 200 de la ley orgánica de los tribunales de la misma provincia, Y considerando: | Que el recurrente ha sostenido en el juicio, que el inciso 2.° del artículo 200 de la ley orgánica citada, en virtud del cual aquella Corte le exigía una fianza de quince mil pesos para inscribir su título de ingeniero civil expedido por la facultad de Buenos | Aires, según lo expresa, era violatorio de los artículos 14, 17, 20 E y 31 de la Constitución Nacional y del Tratado sobre ejercicio S de profesiones liberales, sancionado en Montevideo en 1889. | Que, denegada por la Corte de Mendoza la solicitud de ins- :

cripción sin la formalidad del otorgamiento de la fianza impug- E nada, es procedente el recurso previsto en el inciso 2.°, artículo E 14 de la ley de jurisdicción y competencia número 48, debiendo n prescindirse en la resolución del mismo de las citas de la Consti- :

tución de la provincia cuya interpretación y aplicación es extra- | ña al recurso extraordinario deducido. (Fallos, tomo 114, pági- :

na 311).

Que el artículo 31 establece la supremacia de la Constitul E ción Nacional y leyes del Congreso dictadas de conformidad con E ella, respecto a la Constitución y leyes provinciales, siendo así a procedente determinar si la de la provincia de Mendoza aplicada | en el caso del señor Ivanissevich está o no en contradicción con i A 4 E , 4 a E a

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Año: 1913, CSJN Fallos: 117:435 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-117/pagina-435

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