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Fallos: 117:407 de la CSJN Argentina - Año: 1913

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AUTO DEL JUEZ FEDERAL
La Plata Mayo 15 de 1913. :

Autos y vistos, considerando:

Que la defraudación que se imputa al procesado A, Sánchez Martinez, es de fondos pertenecientes al erario nacional, como lo revelan los informes de autos y especialmente el decreto — > del poder ejecutivo nacional que se lee a fs, 48.

Que, en consecuencia, el delito es de competencia de la justicia federal, art. 3, inciso 3, ley de jurisdicción y competencia, y 80 de la ley penal de 1863.

Que el sobrescimiento decretado por el señor juez del crimen de la ciudad de Mercedes v su confirmación por la cámara respectiva, no obstan a la compc.encia de! infrascripto, por cuanto se trataria de sentencias dictadas sin jurisdicción.

Por tanto, el juzgado resuelve: insistir en su competencia y elevar estos autos a la Corte Suprema de Justicia de la. Nación a la que corresponde resolver la contienda, de acuerdo con el artículo 9, inciso b, de la ley 4055. :

Hágase saber al señor juez del crimen. a fin de que se sirva hacer igual remisión al mismo tribuna!.

Antonio L. Marcenaro.

DICTAMEN DEL SF, PROCURADOR GENERAL i Buenos Aires, Junio 7 1913.

Suprema Corte:

Con arreglo a lo que preceptúa el artículo 3, inciso 3.° de la ley 48, en cuanto semete a los jueces de sección los de'itos co

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Año: 1913, CSJN Fallos: 117:407 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-117/pagina-407

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