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Fallos: 116:414 de la CSJN Argentina - Año: 1912

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"a FALLOS DE LA CORTE SUPREMA riodo constitucional, solicitando datos susceptibles de contribuir al esclarecimiento de los hechos.

Que el coronel Sarmiento contestó no explicándose la fait" de justificativos, por cuanto los fondos habían permanecido siempre depositados en los Bancos a la orden del gobierno, no pudiendo, en consecuencia, ser extraidos sino mediante órdenes de pago dictadas en los expedientes respectivos y cheques librados con la firma del primer magistrado, ministro de hacienda y contador de la provincia, Que habiéndole replicado la comisión que con sus datos nada podia aclarar y que el déficit prevenia de dos partidas de dinero, la una por 150.000 pesos y la otra por $ 1. 218,539.09, que fueron entregadas por el Banco Francés del Río de la Plata y depositadas en el Banco Provincial de San Juan, resultando que después de verificados algunos pagos faltaban comprobantes por el saido de la referencia, su mandante, celoso y consciente de las obligaciones que le incumbian como ex gobernador y jefe de la administración durante la cual aparentemente se había operado es inversión de fondos, sin hallarse los descargos correspondientes, se apresuró a garantir respecto de todo evento los intereses de la provincia, y el 22 de Septiembre hizo entrega en tesoreria de un documento a la orden del fisco y a un año de plazo por la cantidad preinserta, y que el gobernador doctor Victorino Orteza y el ministro de hacienda, doctor Martin Albarracín, otorgaron a su representado el recibo que acompaña bajo el número tres.

Que habier:, solicitado dos meses después que la comisión recabara de los bancos quién había recibido el dinero en Buenos Aires y depositádolo en San Juan, aquélla le contestó que cra innecesario por cuanto la documentación y las libretas de los depósitos en los respectivos bancos, que ha tenido a la vista, comprueban que las dos partidas de dinero que suman un millón trescientos sesenta y ocho mil quinientos treinta y nueve pesos con nueve centavos moneda nacional, fueron entregados por e! Banco Francés del Rio de la Plata al doctor Victorino Orteya y depositados por éste en el Banco Provincial de San Juan, resultando de la confrontación de ambas operaciones la diferencia de cua

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Año: 1912, CSJN Fallos: 116:414 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-116/pagina-414

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