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Fallos: 116:413 de la CSJN Argentina - Año: 1912

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DE JUSTICIA DE LA NACION "3

CAUSA CLV
Don Carlos Sarmiento contra la provincia de San Juan, sobre devolución de un pagaré Sumario: No puede calificarse de acción civil, es decir, regids por el derecho común, para los efectos de la competencia de la corte suprema establecida en el articulo 1" de la ley nú mero 48, la que tiende a obtener, en lo substancial, la dectaración de falta de responsabridad o extinción de una obligación contraída por el déficit proveniente de una rendición de cnentas de la inversión de los dineros públicos de una provincia, acto que está regido por e! derecho público vigente en ésta, Ceso: Resulta del sigtiente:


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, Abril 24 de 1913.

Y vistos: el representante del coronel don Carlos Sarmiento demanda a la provincia de San Juan por devolución de un pas garé, exponiendo :

Que en 1911, con motivo de una interpelación sobre la demora en la remisión de Jas cuentas relacionadas con el producto —— e inversión del empréstito externo en la que el ministro de hacienda de la provincia manifestó que e'la emanaba de no haberse hallado en las oficinas públicas antecedente alguno al respecto, la cámara de diputados nombró una comisión de su seno encar- ! gada de indagar todo lo relativo al contrato del empréstito, su producido e inversión, Que esa comisión encontró un do de cuarenia y nueve mil -—- y setecientos noventa y nueve pesos con sesenta y dos centavos moneda nacional, a cuyo respecto no existian comprobantes, y se :

dirigió a su representado, gobernador durante el precedente pe

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Año: 1912, CSJN Fallos: 116:413 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-116/pagina-413

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