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Fallos: 116:136 de la CSJN Argentina - Año: 1912

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135 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA multarlo, atento lo establecido en los arts. 74, 89 y 95 de ia constitución nacional; que ha sido condenado sin oirsele y sacado de los jueces designados por la ley, con violación del artículo 18 de la misma constitución.

Que la sentencia de fojas 123, confirmada por la de fojas 152, no hizo lugar a esas defensas y concedió para ante esta corte el recurso extraordinario del art. 14, ley núm. 48.

— Y considerando:

Que la apelación ha sido bien concedida, porque la parte de García invocó oportunamente durante el juicio varias disposiciones constitucionales, que fueron interpretadas en sentido contrario a sus pretensiones por el a quo (art. 6, ley número 4055 y art. yo, ley núm. 1893).

Que en cuanto al fondo, la sentencia de primera instanci2 llegó a la conclusión de que el art. 224 de la ley de organización de los tribunales sólo era aplicable "como expresamente lo es tablece la misma, a las quejas contra los procedimientos de los escribanos en el ejercicio de sus funciones y no a las omisiones en que pueden incurrir los mismos respecto de leyes fiscales que tienen establecidas penas determinadas para los casos d:

infracciones" (fojas 126).

Que esta inteligencia de la ley local fué aceptada por la cámara de apelaciones (fojas 152 vta. y 154 vta.); y conforme a lo dispuesto en el art. 15 de la ley núm. 48 y a lo reiteradamente resuelto, la corte suprema no está llamada, con motivo del recurso extraordinario de que se trata, a revisar los fallos de los tribunales del fuero común, que interpreten y apliquen las leyes dictadas para el gobierno y administración de la capital.

Que lo propio es de observarse relativamente a la interpretación y aplicación de la ley de patentes y de la ley de procedimientos de la misma capital, Que, por otra parte, no cabe decir que, al admitir el apremio y al no hacer lugar a la devolución de dinero solicitad Y

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Año: 1912, CSJN Fallos: 116:136 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-116/pagina-136

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