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Fallos: 115:48 de la CSJN Argentina - Año: 1911

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REN .
A VA - ° 4 :


E FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
de esta causa no corresponde a la justicia federal. Devuélvanse al juez correccional, dándose al primero «1 aviso correspondiente.

A. BermEJO, — NICANOR G, DEL Sonar. — M. P. Daracr. — D. E. Paracio. — La LoPez

CABANILLAS,


CAUSA C
1. Posse y Ca., contra el gobierno nacional sobre cobro de pesos Sumario: El impuesto interno sobre el tabaco es al expendio y recae en definitiva sobre el constmidor:; en consecuencia, el estado no puede exigir el pago de dicho impuesto cuando el acto que lo motiva no ha sido consumado y se ha acreditado que las estampillas adquiridas por un fabricante de cigarrillos para emplearlas en los productos de su mamifactura fueron destruidas en un incendio, antes de entregarse al expendio, Caso: Lo explican las piezas siguientes:


SENTENCIA DE LA CAMARA FEDERAL
Fuenos Aires, 21 Diciembre de 1009 Vistos estos autos, en los cnales los señores Juan Posse y Cia., reclaman contra la nación la devolución de valores pagados por impuesto, resulta:

17 Que está comprobado, y en ningún momento ha sido

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Año: 1911, CSJN Fallos: 115:48 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-115/pagina-48

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