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Fallos: 113:21 de la CSJN Argentina - Año: 1909

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, Diciembre 3) de 1909.

Y vistos:

La contienda de competencia trabada emre el juez de primera instancia de la capital, doctor Nicanor González del Solar, y ei de la Pampa Central, doctor Baltasar S. Leltrán, para conoecr del juício testamentario de don Timoteo Goyhenexpe Considerando :

Que no obstante las declaraciones prestadas ante el juez de la Pampa Centrai, consta en la escritura pública otorgada por CGoyhenexpe dos días antes de su fallecimiento, que estaba domiciliado en la capital, en la calle Caseros número 1200.

Que á lo expuesto debe agregarse que, ú la fecha en que aparece recibido por el juzgado de la capital, el oficio de inhibitoria dirigido por e' de la Pampa Central (fs. 50 vuelta), habían sido aprobadas judicialmente las tasaciones y liquidados y satisfechos los impuestos fiscales, con intervención de todos los here«eros y legatarios (fs. 23 vuelta y 41 vuelta).

Por ello, y de conformidad con lo pedido por el señor procurador general, se declara: que es competente para conocer de esta sucesión el señor juez de Ia capital, á quien se remitirán los autos, dando el aviso correspondiente al del territorio de la Pampa Central, Notifíquese con el original y repóngase el papel.


A. BERMEJO. — Octavio BunoE. — M: P.
- Daracr.

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Año: 1909, CSJN Fallos: 113:21 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-113/pagina-21

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