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Fallos: 111:188 de la CSJN Argentina - Año: 1908

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188 FALLOS DÉ LA CORTE SUPREMA " fojas 134 y 138 vuelta), cuyos estatutos 4 estar á lo consignado en la escritura de poder de foja 136, han sido reconocidos por decreto del poder ejecutivo nacional.

Que por lo que hace al procedimiento seguido, él está de acuerdo con las bases segunda y tercera del preindi- - .

cado convenio de foja 27, y por la razón expuesta antes, la .

província de Santa Fe no tiene derecho para objetarlo.

Que según el informe (foja 320) del perito don F. Gomez Molina, la mayor parte de los 69,225 metros cuadra- .

dos tomados al ferrocarril Central Argentino, se encuentra —_ dentro 'de la línea de cota + 5.20 m., fijada por el gobierno nacional, estando 16,378 metros cuadrados en la zona encerrada entre dicha cota y el costado oeste de la avenida Belgrano, límite de las expropiaciones, y 24,423 metros cuadrados si se toma como línea de deslinde la línca —° de «cota + 5.20, correspondiente al año 1903.

Que estas superficies concuerdan, salvo una pequeña diferencia, con la de los peritos Magin (foja 43) y Piaggio foja 61).

Que dada la ubicación de los terrenos y fundándose las pretensiones del expropiante de ser inaplicable al caso el artículo 17 de la constitución nacional y la ley número 139, " en el exclusivo dominio que se atribuye al gobierno nacio-.

nal sobre los terrenos destinados á las obras del puerto del Rosario por haber formado la playa 6 ribera del rio (es- .

crito de foja 2), 6 por ser dependencia del dominio público los comprendidos en la playa del rio y corresponder al estado general la jurisdicción absoluta y excluyente en las mismas) demanda de foja 68), sc hace necesario proceder al exá men de la naturaleza y extensión de los derechos del estado general en la zona de 35 metros contigua á la línea donde ¡concluye el lecho del rio Paraná, frente 4 la ciudad del Rosario, y en la playa de dicho río.

Que, en cuanto á lo primero, el artículo 12639 del código Civil no ha tenido el propósito de. establecer 4 favor de

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Año: 1908, CSJN Fallos: 111:188 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-111/pagina-188

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