Caso.—D. Teodomiro Real y Prado, gerente de la sociedad anónima « El Comercio », demandó en 19 de Mayo de 1870 á Jacquemin Fréres, por el pago de 10,000 pesos fuertes por daños y perjuicios procedentes de la falta decumplimiento de un contrato.
Estando conclusa la causa para sentencia, la sociedad demandante fué declarada en quiebra.
El mismo Síndico del Concurso se presentó en juicio acreditando su personería de tal.
Entonces se dictó el siguiento Fallo del Juez Seccional.
Buenos Aires, Setiembre 5 de 1871.
Y vistos: resultando del mismo escrito presentado por el Síndico, que es efectivo, que la sociedad anónima «El Comercio» se halla concursada, en cuyo caso es aplica- :
ble lo dispuesto en el art. 1536 del Código de Comercio, remitanse estos autos al Tribunal de Comercio y repóngase el sello.
Zavaleta.
El Síndico apeló de este auto, diciendo que los juicios universales atraen todos los incidentes contra ellos, no los que son en su favor; que en esto caso debia siem- —pre seguirse el fuero del reo.
Concedida la apelacion se confirmó el auto por el siguiente , Fallo de la Suprema Corte.
Buenos Aires, Octubre 19 de 1871.
Vistos : Por sus fundamentos se confirma con costas el
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Año: 1871, CSJN Fallos: 11:40
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