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Fallos: 109:134 de la CSJN Argentina - Año: 1908

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134 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA de hacerlo una madre; igualmente pudo asilarse en casa de su hermana María; la señora de Bourquin, con quienes viajó cuando vino; á todo lo que se agrega la premura con que Gerardc cfectuó su traslado al teatro del suceso, después de la conferencia con aquella y sin que, evidentemente, su enfermedad del pie lo urgiera e). En el día del crímen, Gerardo tenía su cama al lado de la puerta de entrada á la habitación en que aquél se cometió, hacia la izquierda y él se encontraba en ella; la del finado, estaba al frente del otro lado de esa misma puerta, como á cuatro metros de distancia, y allí dormía Ja siesta cuando fué asesinado. .

Desde las 12 del día 6 la una de la tarde, hasta momentos antes de descubrirse el hecho, se encontraron solos en la pieza Gerardo y su padre. Gerardo no se movió de ahí en todo el día; tampoco vió á la siesta que entrara nadie, y, suponiendo que se hubiera dormido en esas horas, como él dice, lo que es inverosímil, puesto que estaba bajo la presión de los dolores que le causaba su enfermedad, ninguna persona extraña podía entrar sin que él la sintiera, pues, para hacerlo, tenía que verificarlo por la puerta descrita, que estaba entornada y era la única que servía de entrada de acceso al recinto en aquellas horas, como resulta de las declaraciones de varios téstigos y del hecho de que todos los que concurrieron entonces á la casa, se dirigieron invariablemente á ella (declaración indagatoria fojas 3, 6 vuelta, 7, y 34 y siguientes; y testigos, fojas 10 vuelta, 12 vuela, 14, 15 vuelta, 16, 16 vuelta, 23 vuelta, plano fojas 32, nota de foja 34 y aserto de la sentencia recurrida, no negado en esta instancia, foja 100). El testigo A. de la Fuente, que vivía al lado, tampoco vió ir á nadie á la casa esa siesta (foja 13) y los demás vecinos, así mismo, no denuncian á persona alguna que se acercara allí. El mosquitero de la cama del finado se encontró bien colocado en ella, lo que aleja toda

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Año: 1908, CSJN Fallos: 109:134 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-109/pagina-134

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