estatutos (fs. 357 via.) Eu esos Lérminos cuyos fundamentos pasó 4 examinar aduce el actor la suspención de la prescripción ayere non ralenti eto.
La Compañía de Tíerras del Central Argentino incorporada en Londres en 28 de Marzo de 1870 con arreglo á la ley inglesa, fué en efecto constituida para adquirir de lu del Ferrocarril Central Argentino las tierras indicadas en el artículo 42 del contrato de 19 de Marzo de 1803 las adyacentes ú estas ú otras de la República y para llevar á cabo la colonización de las mismas, y llama desde luego la atención el largo tiempo transcurrido, nueve años desde sa incorporación en Londres hasta el decreto aprobatorio de los estatutos de fecha 11 de Febrero de 1879 (escritura general fs. 50 vta).
Las constancias de autos no demuestran que esa demora fuera imputable al gobierno de la Nación, ni que hubiera iu conveniente alguno que se opusiera al reclamo de lus ocho leguas de tierra fiscal por parte de los antecesures de la Compañia Land And Investiment, El mismo derecho de 1! de Febrero de 1879) que se vita demuestra en su considerando 4 que la aprobación gubernativa sulo hizo esperar seis meses ul pedido de aprobación «con la modilicación expresada por sus representantes mismos en su nota de 17 de Agosto último aún cuando hubiera sido un inconveniente para activar sus poblaciones (considerando 5"). Apesar de que como se hizo notar en lu discución de ln ley núm 834, no obstante la falsa de aprobación de los estatutos de la Compañia Central de Tierras esta se orgunizó en Londres y empezó á poner en ejecución sus propósitos con la fundación de la colonia Roldan y sucesivamente con otras que úle fecha (1876) alcanzan á nueve». (Dinriode sesiones del senado 1876 púg. 1009.
Puelleagregarse que la esplicación de las verdaderas cansas de esa demora de nueve años, enque la cinpresa actora fun
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Año: 1907, CSJN Fallos: 107:366
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