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Fallos: 105:108 de la CSJN Argentina - Año: 1906

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para mejor proveer (fs. 129 á 1332), prévia escusación del señor » administrador titular doctor Rojas el ad hor señor Frauciseo Rivas dicta la sentencia corriente de fs. 139 ú 146, 3" Que como resultado del mismo expediente administra tivo, la Administración General de Impuestos Internos ordenó | al doctor Berho que pagase el impuesto correspondiente á ochenta y cuatro mil cuatrocientos treinta kilos de azucar, E excedente que resultó en contra de dicho señor, por diferen| cia de peso entre las declaraciones por él prestadas ú la salida | de fábrica y el peso efectivo de las bolsas según detalle de fs, 15, cuyo pago se efectuó con más el interés punitorio del | tos por ciento hasta el 25 de Diciembre de 1900 (fs. 18).

4° Que por la referida sentencia el doctor Berho es condenado «al pazo, dentro del tercer dia, del impuesto interno sobre las cantidades manifestadas de menos en las diversas partidas de uzuear de la cosecha de 1900 lanzadas al consumo con el interés del dos por ciento mensual desde la fecha en que debió verificarse la oblación del impuesto, con la multa de ochenta pesos por cada una de las sesenta y ocho partidas que se detallan de fs. á fs. en las que se ha infringido la ley declarando un peso menor del verdadero, ó ses un total por multa de cinco mil cuatrocientos cuarenta pesos moneda legul.

5" Que notificado de la sentencia el doctor Berho en tiempo apeló y dijo de nulidad de la misma para ante este juzgado fs. 1 y 15). :

6 Que funda el recurso de nulidad en que, según él, se É han violado los principios mus elementales de derecho en la formación y sustanciación de la causa pues la administración constituyéndose juez y parte ha pesado por sí y ante sí, sin ningún control, las bolsas de azúcares y ha dictado cuanta providencia ha creido de su agrado con violación de los derechos consagrados por las leyes y, principalmente, pore

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Año: 1906, CSJN Fallos: 105:108 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-105/pagina-108

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