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Fallos: 10:50 de la CSJN Argentina - Año: 1871

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cometido una nulidad, agregándoso la otra de no haber suJetado 4 árbitros la cuestion, segun la prescripcion del art.

1496.

Que aun suponiendo válida la sentencia, la misma era injusta, porque deducia falsas consecuencias del informe pericial, interpretándolo á su manera.

Que en efecto, la causa A no era imputable al capitan, y la B no era á cargo proporcional del buque, Seguros y carga.

"Fallo de la Suprema Corte.

Buenos Aires, Febrero 7 de 1871.

Vistos : por sus fundamentos, se confirma la sentencia apelada de foja noventa y tres, y satisfechas las costas y repuestos los sellos, devuélvanse.


SALVADOR MAñía DEL CARRIL. — FRAN-
cisco DeLcaDO. — José Barros PAz0s. — BENITO CARRASCO. — MARCE

LINO. UGARTE.
— e —

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Año: 1871, CSJN Fallos: 10:50 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-10/pagina-50

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