Moreno apeló; vista la causa por la Suprema Corte, se dió, para mejor proveer, vista al Sr. Procurador General.
Este funcionario pidió se mandara sobreseer en la causa por no encontrar en el suelto acusado insulto de ninguna clase contra el Juez de la Seccion, agregando que si se hubieran realmente dirigido insultos al mismo por el modo de desempeñar su oficio, sostendria ser de la competencia de la Justicia Nacional el corregirlos.
Fallo de la Suprema Corte.
Buenos Aires, Agosto 31 de 1871.
Vistos: de conformidad á lo prescripto en el artículo treinta y dos de la Constitucion, y á la jurisprudencia establecida por esta Suprema Corte, en los fallos de fecha doce de Abril de mil ochocientos sesenta y cuatro y diez y seis de Octubre de mil ochocientos sesenta y seis, pronunciados el primero en la causa seguida contra el Doctor Don Manuel J. Argerich, y el segundo en la causa seguida contra Don M. Laforest, se revoca el auto apelado, corriente á foja once vuelta y se declara que la Justicia Nacional es incompetente para conocer de la acusacion intentada por el Procurador Fiscal contra Don Baltasar Moreno por delito de imprenta; salisfechas las costas y repuestos los sellos, devuélvase el espediente,
SALVADOR Manía DEL CARniL.— FRAN-
cisco DeLcano. —José Barros Pazos. —- Mancetino UGARTE, — Jos B. Gorostiaca.
—] H—
Compartir
65Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1871, CSJN Fallos: 10:363
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-10/pagina-363
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 10 en el número: 363 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos