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Fallos: 1:518 de la CSJN Argentina - Año: 1863

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Páginas, compensacion que la que resulte de un crédito liquido justificado con documentos que tengan fuerza ejecutiva.

2» No esde esla ¿lase la cuenta de Jaatos hechos por el administrador de una cosa, cuando no ha sido reconecida judicialmente, ó'aprobada por auto ejecutoriado despues de discutida en juicio contradictorio... ........ec..e.mescarorcccrro veaccaoo: 432

CAUSA LXIIL.
D. José Castagno con D. Rafael Bilbao, por fondos públicos, sobre compelencia.

Sumario —La Justicia Nacional es incompetente para conocer en causas entre des estranjeros, cuando el fuero nacional se determina por la calidad de las personas. Inlerpretaciun del artículo 400 de la Constitucion. ..............ezenecorecareceee 435

CAUSA LXIT.
aa Fisco Nacional con Reppeto y Compañía, sobre derechos de uana.

Sumario—1e Manifestado un artículo espresando una de sus diferentes calidades por tener el mismo avalúo, si por una nueva tarifa se ha asignado 4 aquellas un distinto aforo, el comerciante debe, al pedir su despacho, espresar la diferencia de calidad, baL pena de comiso por la parte co calidad tiene mayor avalúo de a espresada en los permisos de despacho.

20 El comiso sin embargo no puede estenderse 4 la parte del artículo, que queda en depésilo y cuyo despacho no se ha pedido 436

CAUSA LXIV.
Pablo Frugoni con Francisco Gran y Jacinto Casanova, sobre un ré.

Pimario—El auto por el cual se recibe á prueba una causa es inapelable ............eeccccrccccaovecoracao eee.

CAUSA LXV.
José Manuel Zapata con Ricardo Ruiz Huidobro, sobre cobro de pesos por prestacion de alimentos.

Sumario—La accion que para cobrar una prestacion de alimentos se funda en una declaracion hecha veinte años antes de entablar la demanda, queda prescripta. ..........e.eemmreceaooe. 482

CAUSA LXVI.
Don Blas Apio por D. Rafael Bilbao con D. José Castaguo, sobre fondos públicos, competencia,

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Año: 1863, CSJN Fallos: 1:518 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-1/pagina-518

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