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ARTICULO 511 .-ADECUACION DE LA EJECUCION
ARTICULO 511 .-A pedido de parte el juez establecerá las modalidades de la ejecución o ampliará o adecuará las que contenga la sentencia, dentro de los límites de ésta.
Ver articulos: [ Art. 508 ] [ Art. 509 ] [ Art. 510 ] 511 [ Art. 512 ] [ Art. 513 ] [ Art. 514 ]
Fallos de la CSJN relacionados al artículo 511 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación
- Fallos: Tomo 344 - Página 794
- Fallos: Tomo 344 - Página 797
- Fallos: Tomo 342 - Página 1537
Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion >>
LIBRO TERCERO - PROCESOS DE EJECUCION
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TITULO I - EJECUCION DE SENTENCIAS
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CAPITULO I - SENTENCIAS DE TRIBUNALES ARGENTINOS
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También puedes ver: Art.511 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales