- El señalado de manera especial por el testador, ya refiriéndose al legatario o a la cosa legada, valiéndose de alguna circunstancia particular; por ejemplo, "lego mi piano al primo mío que es aficionado a la música"; o "le lego ei violín con que aprendió a tocar". La falsedad de la demostración no impide que el legado sea perfecto. Únicamente puede invalidarlo el que no sea posible la identificación.
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda