- Persona designa-! da por un juez o tribunal, o por ellos reconocida, para tener, custodiar y conservar, bajo su responsabilidad, determinados bienes mientras se resuelve un juicio contencioso, ordinario o universal. En los casos de secuestro, sea por embargo o por aseguramiento de bienes -litigiosos, ha de nombrarse depositario por el juez. (v. DEPÓSITO JUDICIAL.) (1.364.)
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