- La que corresponde para hacer efectivos los derechos de retracto convencional o legal. Se da la particularidad de que, si el comprador deja varios herederos, no puede ejercerse contra cada uno sino por la parte- respectiva, aun indivisa (art. 1.516 del Cód. Civ. esp.).
(v. RETRACTO y sus especies.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual