- La reconocida al fiador para resarcirse del pago hecho por cuenta del deudor. Aun sin haber pagado, puede proceder contra el deudor en supuestos especiales: al verse demandado, en caso de quiebra t> insolvencia, cuando la obligación se hace exigible, al cabo de diez años en las obligaciones sin término fijo, cuando ha vencido el plazo para relevarle de la fianza (art. 1.843 del Cód. Civ. esp.). (v. FIANZA.)
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➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales