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Fallos: 328:757 de la CSJN Argentina - Año: 2005

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sal Civil y Comercial de la Nación). Notifíquese, regístrese y devuélvase. N .


ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO — JUAN CARLOS
MAQUEDA.
Recurso extraordinario interpuesto por E.B.A.S.A., representado por el Dr. Carlos A.

Kreimer y Alberto H. Ferrari Etcheberry, con el patrocinio del Dr, Enrique Paixao.

Traslado contestado por Holiday Inns. Inc., representado por el Dr. Ricardo Ostrower, patrocinado por el Dr. Ernesto O'Farrell, Tribunal de origen: Cámara Nacional en lo Comercial, Sala B.

SHELL C.A.P.S.A. v. ENTRE RIOS 1890 S.R.L.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Trámite, No puede reprocharse al Banco de la Ciudad de Buenos Aires que no haya urgido la remisión de las actuaciones a la Corte a fin de que ésta pudiese decidir sobre el recurso extraordinario que se encontraba pendiente, si dicho trámite se vio interferido por la propia actuación de quienes ahora piden que se declare la caducidad de la instancia, a raíz de la cual la cámara, en lugar de remitir los autos ala Corte, dispuso enviarlos primero al juzgado, a fin de que se proveyese lo atinente a la ejecución solicitada por aquéllos.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 5 de abril de 2005.

Autos y Vistos; Considerando:

19) Que la parte actora y la demandada acusaron la caducidad de la instancia del trámite del recurso extraordinario planteado por el Banco de la Ciudad de Buenos Aires; que había sido concedido por el tribunal a quo mediante el auto de fs. 251. Del escrito respectivo fs. 263) se corrió traslado a la parte interesada, la que lo contestó mediante los escritos obrantes a fs. 266/268 y 269/269 vta.

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Año: 2005, CSJN Fallos: 328:757 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-328/pagina-757

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